El 18 de julio de 2022, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 6919/2022 “Que modifica varios artículos de la Ley N° 5033/2013, que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos, y deroga la Ley N° 6355/2019.

Por medio de esta norma, queda derogada expresamente y en su totalidad la cuestionada Ley N° 6355/2019, que imponía a los oferentes y proveedores del Estado -en la misma medida que a los funcionarios públicos- la obligación de presentar y actualizar declaraciones juradas de rentas, activos y pasivos como un requisito previo para participar en cualquier proceso de contratación pública. La norma, ahora derogada, hacía extensiva esta obligación a los accionistas, directores, socios gerentes o similares de empresas y entidades que sean contratistas o concesionarios del Estado.

A partir de la fecha de promulgación de la Ley, queda eliminado este requisito y, por tanto, las empresas que pretendan presentar ofertas o contratar con las entidades y organismos del Estado, así como sus accionistas y directores, ya no deberán presentar estas declaraciones juradas.