Hace años nos acostumbramos a que febrero era el mes de la “apertura del corralito mutual”. 

Los usuarios del Seguro Nacional de Salud tenían la oportunidad de cambiar de prestador de salud sin necesidad de solicitar autorización ni plantear justificación alguna.

Mediante el Decreto 267/2017 del 28 de diciembre, se dispuso suspender la apertura del corralito mutual. Como argumento central se buscó evitar casos de intermediación lucrativa (esto es la participación de intermediarios que ofrezcan dinero u otras ventajas equivalentes a cambio de la afiliación a un determinado prestador de salud). Se entiende que estas situaciones distorsionan la movilidad dentro del Seguro Nacional de Salud y afecten el derecho de los usuarios a una libre e informada elección de prestador de salud.

En lugar de la apertura del corralito mutual, se dispuso que:

  • El cambio de prestador puede ser en cualquier momento.
  • Requiere la autorización de la Junta Nacional de Salud.
  • Sólo puede solicitarse en las siguientes hipótesis:

    Traslado de domicilio del usuario de un departamento a otro o acreditar dificultades supervinientes de acceso geográfico a los servicios del prestador en el que se encuentra registrado.

    Problemas asistenciales que generaron la pérdida de confianza en el prestador de salud.

  • La solicitud de cambio de prestador se acompaña de una declaración jurada en la que se manifiesta que la elección del nuevo prestador fue libre e informada. También que no percibió dinero, ni ninguna ventaja equivalente que haya afectado su decisión.

El pasado 15 de enero, el Ministerio de Salud Pública puso en conocimiento del público el llamado “Instructivo para cambio de prestador de servicios de salud 2018” (en adelante el “Instructivo”).

El Instructivo prevé algunas condiciones adicionales a lo ya dispuesto en el Decreto 267/2017 y otras precisiones respecto al trámite:

  • La causal de “traslado de domicilio” sólo podrá utilizarse dentro de los 12 meses del cambio, o de ocurrida la situación superviniente que dificulta el acceso al centro de salud.
  • El trámite de solicitud se realiza ante las oficinas del BPS.
  • Debe presentarse a) cédula de identidad, b) constancia de domicilio, c) nota con datos del prestador a que se quieren cambiar y detalle de los motivos; y declaración jurada de que no recibió dinero u ventaja equivalente para cambiar de prestador.
  • Cuando el motivo de la solicitud se refiera a cuestiones asistenciales que lleven a la ruptura del vínculo porque el usuario perdió la confianza en el prestador, deberá presentarse prueba acreditante de dicha situación. La autorización de la Junta Nacional de Salud estará supeditada a que se pruebe la situación alegada.