En atención a la Emergencia Sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo el pasado 13 de marzo, como consecuencia de la aparición del Coronavirus (COVID-19), el 27 de abril el Banco Central del Uruguay emitió la Comunicación N° 2020/064.

A través de la referida Comunicación, el Banco Central del Uruguay informó a las instituciones vigiladas por el Área Sistema de Pagos que la presentación de informes realizada hasta 30 días después de su vencimiento inicial, siempre que éste estuviera previsto para el periodo comprendido entre el 01/03/2020 y el 31/05/2020, serán consideradas en plazo.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no aplica para aquella información que debe presentarse con periodicidad diaria.