El 2 de agosto de 2022 ingresó al Parlamento un proyecto de ley para la protección de deudores por operaciones crediticias (el “Proyecto”).

El Proyecto propone las siguientes modificaciones centrales:

  1. Prohíbe a las instituciones de intermediación financiera y demás personas físicas y jurídicas que otorguen crédito, a realizar prácticas abusivas para cobrar los créditos.
  2. Modifica los requisitos para iniciar ejecuciones judiciales para cobrar créditos inferiores a 20.000 UI (aproximadamente 2.500 USD) incorporando una audiencia preceptiva ante el Área de Defensa del Consumidor.
  3. Reduce el período de generación de intereses moratorios para créditos menores a 20.000 UI de 24 a 18 meses (Art. 20 de la Ley 18.212 “Ley de Usura”).
  4. Elimina a las primas de los contratos de seguros y las comisiones por fondos de garantías otorgados por instituciones públicas (estatales o paraestatales) del listado de conceptos excluidos para determinar la tasa de interés implícita bajo la Ley de Usura.
  5. Reduce los porcentajes máximos de retención para pagos. En dicho sentido, modifica el artículo 3 de la Ley 17.829 (que establece el régimen de retenciones a los salarios y pasividades) estableciendo un aumento gradual y progresivo del porcentaje mínimo que preceptivamente debe recibir un empleado por salario o pasividad.
  6. Toda oferta o publicidad de operaciones de crédito deberá contener, de forma destacada y clara, la información sobre la tasa de interés implícita calculada de acuerdo a la Ley de Usura. Deberá informarse al deudor de la totalidad de la deuda, incluyendo la sumatoria de las cuotas con demás incrementos, como intereses, montos por seguro, etc. También establece sanciones en caso de incumplimiento.