El pasado 11 de julio de 2018, a través de la Resolución SG N° 0402, se aprobó  el reglamento técnico que establece los requisitos para el etiquetado de alérgenos alimentarios y sulfitos en los alimentos envasados.

La resolución en cuestión ha sido emitida en miras a la obligación Constitucional (Art. 72) del Estado de velar por la calidad de los productos alimenticios y con el deseo de mejorar el nivel de protección de la salud de los consumidores a través de la correcta declaración en el rotulado de la presencia de alimentos y/o ingredientes que pudieran causar hipersensibilidad. La resolución contempla igualmente la inclusión de las debidas advertencias en caso de posibles eventos de contaminación cruzada.

Las advertencias correspondientes deberán encontrarse en un lugar visible y tener las siguientes características: ser incluidas en mayúscula, negrita, en un color que contraste con el fondo del empaquetado y deberá contar con una altura mínima de 2mm, y nunca utilizando una altura inferior a la utilizada en el listado de ingredientes.

Si bien la resolución entrará en vigencia luego de 24 meses de la fecha de su firma, sin lugar a dudas puede ser vista como un paso adelante en la protección del consumidor.