El experto laboralista Nelson Larrañaga Zeni, del Departamento Laboral de FERRERE Abogados, reveló que en la primera etapa de la quinta ronda de negociación de los Consejos de Salarios hubo menos acuerdos por unanimidad que en anteriores instancias, y vaticinó que en la segunda fase, que involucra a sectores clave de la actividad nacional y a cientos de miles de trabajadores, hay una “alta probabilidad” de una elevada conflictividad por las tensiones derivadas de las diferencias en las posiciones.

El abogado dijo que en esa segunda etapa “los lineamientos tenderán a que haya una moderación salarial, privilegiándose el crecimiento de los salarios con niveles más bajos en el sector comercio y servicios”. “El gobierno está preocupado por las primeras señales de desaceleración del crecimiento de la economía, la pérdida de competitividad de algunos sectores industriales con foco en la exportación, el abatimiento de la inflación anual (el último dato anualizado fue de 8,14%) y la no afectación del nivel de empleo”, sostuvo Larrañaga Zeni, para quien “será muy difícil lograr la contención de las reivindicaciones de aumentos del salario real por encima de la inflación”.

Los sindicatos que van a negociar ya cuentan con los datos de la primera etapa de negociación, que fue proclive en su mayoría a otorgar incrementos salariales por encima de la inflación, sin contrapartidas de productividad o de crecimientos positivos tanto macro como sectorial.

También los sindicatos tienen presente que esta es la última negociación colectiva previa al cambio de gobierno. Esto último determinará que los sindicatos pretendan obtener los máximos aumentos reales de salarios posibles y lograr otras conquistas de mejores condiciones de trabajo (por ejemplo, beneficios especiales nuevos o que mejoran los que establecen las leyes)”, explicó durante la entrevista que concedió a Portfolio.

En este mes de junio se inicia la segunda etapa de la quinta ronda de negociaciones en los Consejos de Salarios. ¿A qué sectores involucra esta etapa?

A algunos sectores industriales clave, como molinos, frigoríficos, metalúrgicos, químicos, medicamentos, plásticos, gráficos, pesca y madera, entre otros. También a todo el comercio y a los servicios. Son 150 mesas de negociación que comprenden a cientos de miles de trabajadores.

¿Esta etapa no abarca a la construcción?

No. El convenio en la construcción vence el 20 de setiembre próximo. A comienzos de ese mismo setiembre se empezará a negociar.

¿Qué debe esperarse de esta cuarta ronda de junio?

Teniendo en cuenta lo que ocurrió en la cuarta ronda, en 2010, es alta la probabilidad de ocurrencia de conflictos laborales en los próximos meses a medida que la negociación se tense por posiciones que se mantengan distantes. Si bien esta es una parte de la lógica de la negociación, en este escenario que estamos por vivir esta posibilidad de conflictos se potencia, porque son muchas las mesas de negociación y comprenden a gremios que en las negociaciones pasadas aplicaron medidas extremas, como ocupaciones y piquetes. Sobre estas dos últimas medidas sindicales, el gobierno no propuso ninguna solución, pese a que el Comité de Libertad Sindical se lo solicitó en marzo de 2010. En el proyecto modificativo de negociación colectiva y solución de conflictos que presenté en su momento se proponía una solución que garantizaba la libertad de trabajo de los no huelguistas y el derecho de la dirección de la empresa a ingresar a sus instalaciones. Hasta ahora esta solución no ha sido considerada.

¿Es pesimista respecto de que esta u otra solución pueda ser implementada?

Estos sectores, al igual que los anteriores, negociarán bajo un marco legal (Ley 18.566, entre otras), que debería modificarse en varios aspectos según las recomendaciones de marzo de 2010 del Comité de Libertad Sindical, aprobadas por el Consejo de Administración tripartito de la OIT.

A más de tres años solo se atendió parcialmente una recomendación – igual cantidad de representantes de los tres sectores en el Consejo Superior Tripartito – pero quedan ocho más sin resolver. Aún no hay novedades concretas pese a que existen dos proyectos de ley a estudio en la Comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social de la Cámara de Senadores. El proyecto oficial ingresó a la Comisión el 7 de marzo del presente año y aún no tuvo tratamiento. Está pendiente la comparecencia de los representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para explicar el proyecto y así disparar el proceso de reuniones con los actores sociales.

¿Qué balance hace de la primera etapa de esta quinta ronda de negociación en el marco de los Consejos de Salarios?

A las puertas del inicio de la segunda etapa de la negociación me pareció oportuno hacer un estudio muy general de los convenios y actos de votación por mayoría que se registraron en la primera etapa. El objetivo es listar las principales líneas de negociación sobre ajustes salariales y otras condiciones de trabajo, así como sobre el contenido de ciertas cláusulas (salvaguarda, ultra actividad, paz, prevención y solución de conflicto).

En el primer tramo de la quinta ronda 2012-2013 encontramos publicados en la web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social un total de 48 documentos con contenidos salariales y otras sobre condiciones de trabajo (no se consideraron los convenios que solo regulaban categorías o regímenes de trabajo especial). Entre estos documentos se cuentan convenios firmados por unanimidad y actos de votación, cuyo contenido fue aprobado por mayoría simple, con la oposición de una de las partes sociales. En base a estos documentos, advertimos que a un 81% de los acuerdos se llegó por unanimidad y a un 19% en base a votación de la propuesta del gobierno y el voto conforme de uno de los sectores laborales, obteniéndose la mayoría simple. Se votó dos a uno.

¿Mayoría de gobierno y trabajadores en todos los casos?

No, en cinco casos. En otros cuatro, el gobierno votó con el sector empleador. Lo que llamó la atención fue que en 9 de 48 casos hubo que llegar a una instancia de votación. En otras ocasiones las unanimidades eran un porcentaje mayor. Habrá que ver qué pasa en esta segunda etapa, para ver si se trató únicamente de un hecho circunstancial o si hay una tendencia a considerar.

¿Qué plazo tienen esos acuerdos?

El 90% de los acuerdos fueron por tres años. Por tanto, se siguió la línea que propiciaba el gobierno, para que los convenios vencieran luego de instalado el nuevo gobierno en marzo de 2015. En tanto, un 10% fueron convenios a un año de plazo. Hubo un caso de un acuerdo a seis meses.

¿Qué lineamientos están primando en materia de ajustes salariales?

En mayo de 2012 el gobierno presentó los lineamientos de los ajustes salariales, tanto para el salario mínimo nacional como para los salarios en general. En cuanto al salario mínimo proyectó ajustes anuales porcentuales importantes por encima de la inflación.

Respecto de los ajustes de salarios en general, proponía aumentos con dos componentes: a) inflación proyectada con preferencia a un año, según rango meta de inflación publicada por el Banco Central, con correctivo luego de conocido el dato de inflación real; b) aumentos o crecimientos anuales del salario real estimados ligados al comportamiento de un componente macro y otro sectorial, ponderados en un 50% cada uno, con aplicación de correctivos una vez conocidos los datos reales. O sea que desde el vamos el gobierno alentaba un crecimiento el salario por encima de la inflación, aunque ligado al comportamiento de indicadores macro y sectorial.

En todos los convenios y actos de votación analizas, salvo en un caso, los ajustes de salarios tuvieron estos dos componentes, aunque en su mayoría no se siguió el lineamiento de crecimiento del salario real atado a los componentes macro y sectorial que propiciaba el gobierno. La gran mayoría de los aumentos del salario real se sintetizaron en un porcentaje semestral o anual, sin ninguna contrapartida de crecimiento de la productividad o de crecimiento macro sectorial.

¿Éstos serán los lineamientos para esta segunda etapa de la negociación?

Según se anunció, los lineamientos tenderán a que haya una moderación salarial, privilegiándose el crecimiento de los salarios con niveles más bajos en el sector comercio y servicios. El gobierno está preocupado por las primeras señales de desaceleración del crecimiento de la economía, la pérdida de competitividad de algunos sectores industriales con foco en la exportación, el abatimiento de la inflación anual (el último dato anualizado fue de 8,14%) y la no afectación del nivel de empleo.

De acuerdo a nuestra experiencia, será muy difícil lograr la contención de las reivindicaciones de aumentos del salario real por encima de la inflación. Los sindicatos que van a negociar ya cuentan con los datos de la primera etapa de negociación, que fue proclive en su mayoría a otorgar incrementos salariales por encima de la inflación, sin contrapartidas de productividad o de crecimientos positivos tanto macro como sectorial.

También los sindicatos tienen presente que esta es la última negociación colectiva previa al cambio de gobierno. Esto último determinará que los sindicatos pretendan obtener los máximos aumentos reales de salarios posibles y lograr otras conquistas de mejores condiciones de trabajo (por ejemplo, beneficios especiales nuevos o que mejoran los que establecen las leyes). Los sindicatos pretenderán dar certezas a sus afiliados por tres años, ante la incerteza que genera todo cambio de gobierno, que puede cambiar las reglas de juego si no triunfa la izquierda.

¿Se pactarán, mayoritariamente, cláusulas de salvaguarda que previeran que, si ocurren determinados eventos, las partes se obligan a renegociar el convenio, probablemente con ajustes a la baja si los mismos significaran un impacto negativo para las empresas del sector?

En el 46% de los convenios y actas de votación por mayoría no se estableció ninguna cláusula de salvaguarda, lo que llama la atención en mérito a lo señalado en el párrafo anterior. En unos pocos convenios de estas características, solo se acordó la obligación de negociar un nuevo convenio con una antelación de entre 30 y 60 días al vencimiento del convenio en curso. En tanto, en el 54% de los convenios se estableció una cláusula de salvaguarda. En la mayoría de estos convenios se estableció una salvaguarda muy genérica. Se pacto que si cambiaban sustancialmente las circunstancias económicas en cuyo marco se suscribió el convenio, las partes volverían a la mesa de negociación para estudiar la situación. En dos convenios de estas características se estableció que la renegociación debía ser autorizada previamente por el Poder Ejecutivo.

En otros nueve convenios se estableció una cláusula genérica de salvaguarda combinada con una circunstancia concreta. Por ejemplo, se pactó que el convenio se tendría que renegociar si la inflación supera el 15% anual o cuando la variación acumulada de 12 meses del PBI no tuviera crecimiento.

En cinco convenios se pactó una cláusula de salvaguarda concreta. Por ejemplo, se acordó que se renegociaría el convenio si el volumen físico de producción del sector se reduce en el último año a más del 10% o si la inflación supera el 12,7% anual (en otros, se acordó el 15%) o si el crecimiento del PBI es menor al 3% anual o si la política de mejora de los salarios mínimos del gobierno determinara un nivel salarial superior a los mínimos del sector.

¿Se pactaron condiciones de trabajo que deberían llamar la atención?

Siguen manteniéndose los contenidos salariales referidos a partidas marginales o al cálculo del aguinaldo (incentivo por presentismo, prima por antigüedad, bonificación por nocturnidad, incorporación del salario vacacional a la base de cálculo del aguinaldo, trabajo en días feriados, feriados especiales, etc.). En un convenio se pactó la reducción de la jornada semanal (de 48 a 44 horas) sin pérdida salarial.

También se incluyeron regulaciones sobre categorías laborales, salud y seguridad laboral, formación profesional y fondos de capacitación. En algunos convenios se amplió el número de días libres remunerados que prevé la ley en caso de paternidad, matrimonio, fallecimiento y estudio. En un convenio se reguló una licencia especial remunerada en caso que el trabajador tuviera un familiar directo con una enfermedad terminal y en otro convenio se consagró esta licencia en caso de enfermedad de una familiar directo del trabajador en situación de internación.

Entre las cláusulas novedosas, hay muchos convenios que regulan las condiciones para la lactancia, incluso con la obligación de tener salas adecuadas para este fin así como la posibilidad de reducir el horario de trabajo sin afectación de la remuneración. En otros casos se aumenta el período de tiempo que establece la reglamentación para la lactancia materna, con goce de sueldo. En otro convenio se establece el derecho de la trabajadora embarazada a tener hasta 8 horas mensuales para realizarse los controles de embarazo.

En otros dos convenios se acordó un día libre remunerado para que los trabajadores mayores de 40 años pudieran realizarse el examen de próstata.

En varios convenios se acordó que la empresa asume el costo de la renovación del carné de salud.

Finalmente cabe destacar que en los convenios del Grupo 12 (Hoteles, Restoranes y bares) se incluyeron tres reglas especialmente innovadoras: Que el trabajador que regrese luego del descanso intermedio donde haya fumado, debe tomar las precauciones necesarias para que no tenga olor a cigarrillo, con el fin de no afectar la calidad del servicio o de los productos que se manipulen. Que durante la jornada laboral el trabajador no podrá utilizar el teléfono celular, pudiendo utilizar el teléfono fijo del establecimiento en caso de urgencia, no necesariamente médica. Y que el descanso semanal y el descanso entre jornadas se regula en forma distinta a la Ley 18.556, declarando las partes que el cambio es más beneficioso para los trabajadores. Aun así se deja constancia que si una decisión administrativa o judicial entendiera que el régimen acordado no respeta o no es compatible con la citada ley, las empresas volverían al régimen legal.

Esta previsión se realiza porque la Ley 18.556 de negociación colectiva no establece un certero respaldo a este tipo de convenios, que quedan a la suerte de lo que decida un tercero, generando contingencias de reclamos laborales contra las empresas. En el proyecto modificativo presentado por el autor de este estudio, se consagra una solución legal para este tipo de situaciones, otorgando total validez a los convenios, blindándolos ante cualquier decisión contraria de un tercero que pretendiera revisar el contenido del acuerdo.

¿Se reguló el tema de la ultra actividad, esto es, si los beneficios acordados permanecen o no luego de vencer el convenio?

En 39 convenios por unanimidad, solo un 15% reguló el punto de la ultra actividad. En un convenio (industria láctea) se estableció en forma expresa que las cláusulas sobre condiciones de trabajo, género, salud laboral y preaviso eran sin plazo determinado. Por tanto, se les dio el carácter de permanentes, sin estar atadas al vencimiento del convenio.

En otro convenio se pactó que sus cláusulas se extinguirían en forma automática al vencimiento del plazo (prendas de tejido de punto). Y en otro convenio también se pactó lo mismo, pero se dejó a salvo que en el marco de las negociaciones que se iniciarían 30 días antes del vencimiento del convenio, los beneficios seguirían vigentes mientras se mantengan las mismas (prendas de vestir y afines).

Entrevista publicada en revista Portfolio en edición junio – julio de 2013.