El Instructivo Específico para Operadores de Actividades de Juegos de Azar y Casinos con Enfoque Basado en Gestión de Riesgos contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas (LGI), el Financiamiento del Terrorismo (FT) y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM) (en adelante, “el Instructivo para Operadores de Actividades de Azar”) fue aprobado por la Resolución Administrativa N° UIF/23/2023 el 14 de abril de 2023. Su objetivo es establecer lineamientos específicos para la implementación de la Gestión de Riesgos de la LGI/FT y FPADM en actividades de Juegos de Azar y Casinos.

Este Instructivo para Operadores de Actividades de Azar nomina como sujetos obligados a toda persona jurídica con licencia de operación emitida por la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego (AJ), para desarrollar actividades de Juegos de Azar y Casinos en sus casas matrices y sucursales.

Asimismo, determina las obligaciones de los Sujetos Obligados de conocer a su cliente interno (empleados) y obtener información de los miembros del Directorio o Asamblea de Socios y de sus Socios y Accionistas para establecer su perfil de riesgo de LGI/FT y FPADM. Estas obligaciones tienen el fin de que los Sujetos Obligados puedan aplicar medidas de Debida Diligencia.