El Instructivo Específico para Actividades y Profesiones No Financieras Designadas (APNFD), con Enfoque Basado en Gestión de Riesgos contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas (LGI), el Financiamiento del Terrorismo (FT) y el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FPADM) (en adelante, “el Instructivo para APNFD”) fue aprobado por la Resolución Administrativa N° UIF/25/2023 el 14 de abril de 2023.

Su objetivo es establecer medidas de prevención para la Gestión de Riesgos contra la LGI/FT y FPADM para las APNFD y su aplicación alcanza a empresas de actividad inmobiliaria y a las empresas con actividades jurídicas o de contaduría, ambos calificados como grandes contribuyentes. Quedan fuera quienes no son grandes contribuyentes y los notarios de fe pública.