En los últimos meses la Secretaría Nacional Anticorrupción (SENAC) ha venido impartiendo capacitaciones a funcionarios de diversos entes públicos, y en particular a los integrantes de sus Unidades de Transparencia y Anticorrupción, sobre el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia activa bajo la Ley 5.282/14 “De Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública y Transparencia Gubernamental”, que entre otras cosas incluyen el deber de mantener actualizadas y a disposición del público en forma constante, como mínimo, información sobre:

(i)        Su estructura orgánica;

(ii)       Las facultades, deberes, funciones y/o atribuciones de sus órganos y dependencias internas;

(iii)      Todo el marco normativo que rige su funcionamiento y las normas constitucionales y legales cuya aplicación esté a su cargo;

(iv)      La descripción general de cómo funciona y cuál es el proceso de toma de decisiones;

(v)       El listado actualizado de todos sus funcionarios, sus números de cédula de identidad, las funciones que realizan, los salarios u honorarios que perciben mensualmente, incluyendo todos los adicionales, prestaciones complementarias y/o viáticos;

(vi)      La descripción de la política institucional y los planes de acción;

(vii)     La descripción de los programas institucionales en ejecución, con la definición de metas, el grado de ejecución de las mismas y el presupuesto aplicado a dichos programas, publicando trimestralmente informes de avance de resultados;

(viii)    Los informes de auditoría;

(ix)      Los informes de viajes oficiales;

(x)       Los convenios y contratos celebrados por la institución, con su fecha de celebración, objeto, monto total de la contratación, plazos de ejecución, mecanismos de control y rendición de cuentas y, en su caso, estudios de impacto ambiental y/o planes de gestión ambiental;

(xi)      Las cartas oficiales;

(xii)     Los informes finales de consultorías;

(xiii)    Los cuadros de resultados;

(xiv)    La lista de poderes vigentes otorgados a abogados; y

(xv)     La descripción de los procedimientos previstos para que los interesados puedan acceder a los documentos en su poder, incluyendo el lugar en donde están archivados y el nombre del funcionario responsable.

Esto apunta a robustecer las capacidades técnicas de los funcionarios públicos responsables en el proceso de elaboración y publicación de los requerimientos de la Ley 5.282/14.