El Estado boliviano se consolida como un actor central en la gestión de los bonos —o créditos— de carbono, marcando una nueva etapa en la regulación climática del país. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP) emitió la Resolución Ministerial No. 076/2025, del 28 de marzo de 2025, en la que aprobó el Reglamento de Gestión y Negociación de Créditos o Bonos de Carbono. Esta norma marca un hito clave en la construcción del marco jurídico del mercado de carbono en Bolivia, y complementa las disposiciones del Decreto Supremo No. 5264, del 30 de octubre de 2024, que sentó las bases para la gestión del financiamiento climático y el registro de proyectos.

La gestión y negociación de los bonos de carbono como competencia exclusiva del MEFP

El Reglamento consolida al MEFP como la autoridad competente para la gestión y negociación de créditos o bonos de carbono generados en el país, siempre que estén debidamente registrados y certificados en el Registro Nacional de Programas y/o Proyectos administrado por el Ministerio de Medio Ambiente y Agua (RENAPP). Se establece que ninguna persona natural o jurídica, nacional o extranjera, podrá realizar gestiones o negociaciones de manera independiente, centralizando toda transacción en la cartera de Economía y Finanzas Públicas.

Principales aspectos del Reglamento

El eje central de la norma radica en la creación y operativización de los mecanismos de negociación de los bonos de carbono en el país. En este sentido, se establece una bolsa de certificados de créditos o bonos de carbono, destinada a optimizar la gestión y transparentar las operaciones. Los titulares de programas o proyectos que cuenten con Unidades de Reducción de Emisiones (URE) disponibles deberán presentar una solicitud formal de negociación al MEFP, adjuntando la constancia de registro en el RENAPP y la certificación internacional correspondiente.

Una vez aprobada la solicitud, la transacción culminará con la suscripción de un Contrato de Reducción de Emisiones, en el que intervendrán el MEFP, el adquirente y el titular del proyecto, definiéndose en dicho instrumento las condiciones de venta, liquidación y transferencia de las reducciones de emisiones.

En materia financiera, el Banco Central de Bolivia (BCB) será la entidad encargada de recibir los recursos de las operaciones, realizando posteriormente la liquidación al titular del proyecto conforme a la normativa vigente. Los costos de gestión y negociación efectuados por el MEFP serán asumidos por los titulares de los programas o proyectos. Finalmente, los contratos podrán incorporar cláusulas arbitrales, nacionales o internacionales, para la resolución de eventuales controversias derivadas de la ejecución o interpretación de los acuerdos.

Estas disposiciones aplican para la gestión y negociación de todas las URE debidamente certificadas y registradas en el RENAPP, permitiendo la participación de entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras.

Relevancia para el mercado boliviano

Con esta Resolución, Bolivia completa un eslabón fundamental en la cadena normativa para la operativización de su mercado de carbono. Mientras el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, a través del RENAPP, garantiza el registro y certificación de las reducciones de emisiones, el MEFP asume la gestión y negociación de los créditos en los mercados nacionales e internacionales, centralizando la representación del Estado.

Sin embargo, la implementación del Reglamento aún plantea aspectos que deberán precisarse en la práctica, tales como:

  • La metodología para determinar los costos de gestión y negociación que asumirá el MEFP.
  • La forma en que el BCB efectuará la liquidación de los montos recibidos, especialmente cuando las transacciones se realicen en moneda extranjera.
  • El efecto que podría tener en el desarrollo del mercado de carbono boliviano la obligación de canalizar todas las negociaciones a través del MEFP, incluyendo las transacciones entre empresas privadas en el marco del mercado voluntario de carbono.

En consecuencia, el Reglamento de Gestión y Negociación de Créditos o Bonos de Carbono representa un avance decisivo para la consolidación del mercado boliviano, aunque su efectividad dependerá de la reglamentación complementaria y de la claridad operativa que se brinde a los distintos actores involucrados.