Se reglamentó la comercialización de productos afines a la salud, bienestar y cuidado personal en farmacias habilitadas por DINAVISA.
La reglamentación establece los productos que son considerados como productos afines y cuya venta se encuentra permitida.
La normativa establece las categorías de los productos permitidos, las condiciones de almacenamiento, exhibición y venta, y la responsabilidad del director técnico y del titular de la farmacia en el cumplimiento de las buenas prácticas.
Se prohíbe la comercialización mayorista y se exige la adecuación de las farmacias a la nueva normativa en un plazo de 60 días hábiles.
Esta nueva normativa se encuentra vigente desde el 03 de mayo.