De acuerdo al Decreto Nº 29/006, la habilitación sanitaria ante el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de las Salas de Extracción de miel con fines comerciales debe ser renovada anualmente.

El Decreto Nº 54/2018 extiende por un año el plazo para renovar la habilitación, a contar desde sus respectivos vencimientos, en los siguientes casos:

  • a los titulares de establecimientos que se encontraban al día con la renovación anual al 1 de junio de 2017
  • a los titulares de establecimientos cuya renovación se encuentre deba tramitarse entre el 2 de junio de 2017 y el 30 de junio de 2018.