Ley N° 19.691 - “Promoción del trabajo para personas con discapacidad”

  • El 18 de noviembre de 2019 aumentó el porcentaje de personal con discapacidad que debe contratar una empresa, dependiendo de su número de empleados permanentes.
  • Aquellas empresas que tengan entre 25 y 48 empleados deben contar con un 1,5% de empleados con discapacidad. Las empresas de entre 50 y 149 empleados un 2%. Entre 150 y 499 un 3% y más de 500 empleados un 4%.

Publicada el 29/10/2018 - Vigencia de nuevas tasas a partir del 18/11/2019

Estas tasas aumentarán nuevamente el 18 de noviembre de 2020.