El 28 de noviembre de 2016 se remitió al Parlamento un proyecto de ley integral de lavado de activos. Luego discutirlo en la Cámara de Senadores, el mismo fue derivado a una Comisión Especial para su estudio y, al momento, la comisión se ha reunido con distintos actores del sector público y privado a fin de conocer su posición en el tema. Entre otros han participado en la discusión la Asociación de Escribanos del Uruguay, el Colegio de Contadores, Economistas y Administradores del Uruguay y la Secretaría Nacional para la lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft).

Entre otras novedades, el proyecto amplía la nómina de sujetos obligados no financieros incluyendo, bajo las condiciones establecidas en el proyecto y en las que determine la reglamentación, a los usuarios indirectos de zona franca, los proveedores de servicios societarios, fideicomisos, asociaciones civiles, fundaciones, partidos políticos, toda organización sin fines de lucro con o sin personería jurídica y a los contadores públicos.

El proyecto también amplía el elenco de delitos precedentes del lavado de activo, destacándose la inclusión de los delitos de defraudación tributaria, fraude concursal, defraudación aduanera, homicidio, hurto, rapiña, copamiento, abigeato y asociación para delinquir. Estos delitos se incluyen con las limitaciones de monto y condiciones de configuración indicadas en el proyecto. Una condición de configuración que se repite en varios de los nuevos delitos precedentes es su comisión por grupos delictivos organizados, cuyo análisis de determinación también se incluirá en la nueva normativa.