La Dirección General de Servicios Agrícolas será la Autoridad Sanitaria Oficial para controlar, verificar, supervisar y auditar el cumplimiento de la normativa vigente a efectos de garantizar las condiciones fitosanitarias, higiene e inocuidad del arroz.

El sistema se basará en esquemas de autocontrol que serán desarrollados por las empresas industrializadoras y aprobados y supervisados por la Autoridad Sanitaria, pudiendo asignar tareas de habilitación, inspección, aprobación y supervisión a instituciones y organizaciones debidamente habilitadas y registradas.

Se establece que todos los establecimientos de recepción, estandarización, tratamiento,  transformación, almacenamiento, transporte, embarque y todas aquellas empresas o personas que desarrollan actividades industriales y afines a los productos arroceros, deberán ser habilitados por la Autoridad Sanitaria.