Por ordenanza 289/2018 el Ministerio de Salud Pública (MSP) actualizó el Catálogo de Prestaciones que deben brindarse a los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud.

El artículo 3 del decreto 465/008 faculta al MSP a actualizar el Catálogo “de acuerdo a la evidencia científica, la realidad demográfica y epidemiológica de la población, así como el estudio de costos”.

Nótese que los prestadores de salud no tendrían en principio derecho a cobro alguno a los usuarios  del Sistema Nacional Integrado de Salud, por brindar cualquiera de las prestaciones incluidas en el Catálogo.