Un profesional médico, especialista en Ortopedia y Traumatología, dijo ser trabajador dependiente de un Sanatorio en el cual atendía a pacientes. En Primera Instancia se hizo lugar a su pedido.

El Tribunal de Apelaciones determinó que no correspondía la Sentencia de Primera Instancia, dado a que se demostró que no existió relación laboral de dependencia entre las partes. Los elementos tenidos en cuenta para dicha decisión fueron:

  1. La prestación de servicios como profesional independiente;
  2. La elevada capacidad técnica del médico, especialista en un área de la medicina;
  3. Que cuanto mayor es el grado de especialización o más calificada la labor, el sometimiento al poder directivo ajeno debe surgir manifiesto para que se dé el elemento de la subordinación, decisivo en la existencia de relacionamiento laboral;
  4. La ausencia de posibilidad de imposición de sanciones;
  5. Facturación con IVA y de forma no correlativa;
  6. Que el médico contaba con contrato de prestación de servicios con otros sanatorios y empresas de seguro médico;
  7. Los montos de los servicios que el profesional percibía de acuerdo a cada servicio eran impuestos una Sociedad de médicos especialistas en su rubro;
  8. La posibilidad de introducción de elementos de trabajo al Sanatorio bajo la responsabilidad del médico, asumiendo el costo del seguro de estos;
  9. La fijación de horario de común acuerdo.