En el marco de la reciente reforma de las normas que aplican a la habilitación de establecimientos de cuidado a adultos mayores, el Ministerio de Salud Pública aprobó mediante la resolución 483 del 17 de mayo una serie de documentos que estandarizan el registro de datos de los usuarios y facilitan su fiscalización.

Se aprobó un formulario de consentimiento informado que permite asegurar que la persona que ingresa en forma voluntaria al establecimiento, o su representante legal, sea debidamente instruida sobre el alcance de los servicios que se ofrecen y las reglas de convivencia correspondientes. También se aprueba el “Conjunto Mínimo de datos del usuario/residente”. Su objetivo es estandarizar los datos de salud que debe registrar cada institución. Debe ser completado por los directores técnicos y su obligatoriedad comienza a regir en mayo 2018.

Otro de los documentos es la “Ficha del Usuario/Residente”, en la cual se registran los datos personales del usuario, los datos de contacto de sus familiares, hallazgos vinculados a su proceso de adaptación y medidas extraordinarias (de contención o sujeción) eventualmente aplicadas.

Por último, también se aprueba un manual de procedimientos administrativos e inspectivos que consolida las reglas de cumplimiento que aplican a los establecimientos.