Ley N° 6.470

Vigencia: 19 de diciembre de 2019 

  • La modificación sigue una recomendación de la Organización de las Naciones Unidas consistente en actualizar el artículo 9° del Código del Trabajo (Ley N° 213/93), estableciendo la no discriminación por causa de la nacionalidad y edad de las personas, según expuesto en la exposición de motivos del proyecto original.
  • En atención a esto, en adelante se debe tener en cuenta el avance de la norma paraguaya en cuestiones de discriminación y por tanto tomar las medidas necesarias para evitar este tipo de mención en las búsquedas laborales y/o al elaborar el perfil de búsqueda de personas.