Se publicó en el Diario Oficial el decreto 323/016, por el cual se permite, respecto de los trabajadores que no realizaron elección de institución en la que recibir sus haberes que los empleadores continúen pagando como hasta el momento (hasta el 30 de abril de 2017) o que los empleadores opten por pagar a través de la institución financiera distinta, previa notificación al empleado.

En cualquiera de los dos casos, el empleado mantiene la posibilidad de cambiar de institución hasta el 30 de abril de 2017.