El Ministerio de Salud Pública (MSP) creó un proceso administrativo para redistribuir el excedente de los medicamentos y dispositivos terapéuticos de alto costo que otorgó por vía administrativa o judicial. Reguló así el manejo de los sobrantes que se generan cuando los usuarios suspenden transitoria o definitivamente su tratamiento. Determinó el procedimiento a seguir por los prestadores de servicios de salud públicos o privados, haciendo énfasis en los plazos y la trazabilidad de la medicación.

Los prestadores de salud deberán notificar los datos del usuario y del medicamento sobrante al MSP en un plazo no mayor de 48 horas desde la suspensión del tratamiento y enviar una declaración jurada estableciendo que la medicación fue conservada de acuerdo a las buenas prácticas de almacenamiento hasta su destino.

La Dirección General de la Salud dispondrá el uso del medicamento entre los usuarios que cuenten con resolución administrativa o jurisdiccional favorable, según estos criterios de asignación: primero a usuarios que pertenezcan al prestador de salud que tiene el excedente y, de no existir, a usuarios de otros prestadores, en cualquier parte del país.