El decreto de la Junta Departamental se limita a establecer que los alimentos que provienen de organismos genéticamente modificados (OGM) o que contengan ingredientes producidos a partir de OGM y que superen el 1% de material modificado genéticamente respecto a la especie vegetal considerada individualmente deberán contener un etiquetado especial.

Advertimos que el texto de la norma no señala cual será el etiquetado especial que deberán tener los alimentos y tampoco señala cual será el plazo que tendrá la industria para adaptarse. Ello será establecido mediante una reglamentación que elaborará la Intendencia de Montevideo.

La reglamentación proyectada preverá (i) qué forma tendrá el etiquetado, (ii) colores, (iii) las dimensiones y (iv) plazo para incorporar el etiquetado definitivo y el plazo de espera para incorporar al menos el etiquetado provisorio (inject) u utilizar el sistema de etiquetado previsto anteriormente (T negra, en un triángulo amarillo).

En paralelo, la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Senadores se encuentra trabajando en un proyecto de ley, buscando dar una regulación nacional al etiquetado OGM. Dicho proyecto mantendría como cantidad de referencia el 1% de material genéticamente modificado y obligaría a colocar leyenda en el etiquetado que indique la calidad de productos con OGM.