El SENAVE ha cambiado los criterios aplicables a la solicitud y autorización de modificación de la vigencia de la Acreditación Fitosanitaria de Importación (AFIDI) vinculada a la Autorización Previa de Importación de Frutas y Hortalizas (APIFH).
La modificación responde a que la redacción anterior no contemplaba la posibilidad de presentar solicitudes el mismo día del vencimiento de la acreditación y atiende a la naturaleza altamente perecedera de los productos frutihortícolas, en línea con el
Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio.
Conforme a la nueva regulación, la modificación de la vigencia de la AFIDI podrá autorizarse por única vez y por un plazo máximo de hasta dos (2) días hábiles, contado a partir del vencimiento originalmente establecido.
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oda solicitud deberá gestionarse exclusivamente a través de la Ventanilla Única del Importador (VUI), hasta las 15:00 horas del día de vencimiento de la AFIDI original. No se admitirán solicitudes de modificación respecto de documentos ya vencidos.
La resolución ratifica que la AFIDI constituye un documento administrativo de carácter obligatorio y previo al embarque de productos vegetales y rige a partir de su promulgación, en julio de 2026.