El Órgano Ejecutivo, mediante el Decreto Supremo No. 5503, estableció un nuevo régimen de liberalización y promoción de las exportaciones agropecuarias y agroindustriales, aplicable también a los insumos destinados a dichas actividades, eliminando restricciones administrativas previas y restableciendo el principio de libertad de exportación.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes:

¿Cuáles son los objetivos de la medida?

  • Fomentar la producción agropecuaria y agroindustrial con destino a la exportación
  • Promover la competitividad de los insumos agropecuarios y agroindustriales
  • Eliminar barreras administrativas que desincentivaban la exportación
  • Garantizar el abastecimiento interno sin prohibiciones ni fijación de precios

¿Qué se entiende por insumos agropecuarios y agroindustriales?

Se consideran insumos agropecuarios y agroindustriales los bienes destinados a la producción, transformación o industrialización agropecuaria, tales como insumos agrícolas y pecuarios, materias primas, productos intermedios y bienes utilizados en procesos agroindustriales, siempre que cumplan la normativa sanitaria aplicable y no estén sujetos a prohibición expresa vigente.

¿Qué requisitos fueron eliminados?

  • La eliminación del Certificado de Abastecimiento Interno y Precio Justo como requisito previo para el despacho de exportación
  • La restitución plena del principio de libertad de exportación

Esto implica que:

  • No se pueden exigir autorizaciones previas administrativas
  • No se pueden condicionar exportaciones a precios internos
  • No se pueden imponer cupos discrecionales

¿Existe algún tipo de control estatal?

Sí, exclusivamente de carácter posterior y no restrictivo.

Las entidades públicas podrán realizar acciones de coordinación y monitoreo, tales como:

  • Registro estadístico
  • Seguimiento de la producción
  • Monitoreo del abastecimiento interno
  • Control de trazabilidad

Estas acciones no constituyen autorización previa ni implican restricción alguna a la exportación.

¿Qué medidas de promoción se establecen?

Se establece una promoción activa de las exportaciones, mediante la cual el Estado priorizará:

  • Exportación de productos e insumos con valor agregado
  • Diversificación productiva
  • Desarrollo de mercados estratégicos
  • Fortalecimiento del sector agroindustrial exportador

Relación con normativa anterior

Esta medida corrige y deja sin efecto material regímenes restrictivos anteriores, como los establecidos por el DS No. 4680 de 9 de marzo de 2022, que condicionaban la exportación a certificados y autorizaciones administrativas.

Conclusión

  • Se libera la exportación de insumos agropecuarios y agroindustriales.
  • Ya no se requieren autorizaciones ni trámites administrativos previos para exportar.
  • El Estado mantiene únicamente controles posteriores de carácter estadístico y sanitario.
  • No corresponde exigir certificados de abastecimiento interno ni de precio justo.