El Gobierno Nacional del Estado Plurinacional de Bolivia, a través del Decreto Supremo No. 4928 de 1 de mayo de 2023, determinó ciertos beneficios en favor de los trabajadores, relativo a los salarios que perciben los trabajadores al realizar actividades laborales en beneficio de los empleadores.

En tal sentido, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ha emitido la Resolución Ministerial No. 752/23, que determina el reglamento para la aplicación del Incremento Salarial de la gestión 2023, en el sector privado, en base a los siguientes puntos:

  • Incremento Salarial para la Gestión 2023

Se aplica un Incremento Salarial del tres por ciento (3%) sobre la remuneración básica percibida por los trabajadores durante la gestión 2023.

El Incremento Salarial es retroactivo, por lo tanto, los empleadores deberán cancelar el monto respectivo equivalente al tres por ciento (3%) para cada uno de los trabajadores beneficiarios.

  • Plazo para cancelar el Incremento Salarial para la Gestión 2023

El empleador deberá: (i) aplicar el Incremento Salarial, y (ii) cancelar los montos retroactivos por la Gestión 2023, en favor de sus trabajadores, hasta el 31 de mayo de 2023.

  • Excepciones del Incremento Salarial para la Gestión 2023

El Incremento Salarial para la Gestión 2023 no es obligatorio para los trabajadores de la empresa y/o institución privada que posean los siguientes cargos: (i) presidentes, (ii) vicepresidentes, (iii) miembros de directorios, (iv) gerentes, (v) subgerentes, (vi) directores generales, (vii) directores o subdirectores con un nivel salarial acorde al cargo asignado.

  • Aplicación del Incremento Salarial para la Gestión 2023

Se deberá suscribir y formalizar un Convenio Colectivo de Incremento Salarial, suscrito entre el empleador y los trabajadores (pueden estar representados por el Sindicato o Comité Sindical) y que contemple como requisito indispensable, la voluntad expresa de las partes, sus generales de ley, nombre o razón social de las partes, y el porcentaje de incremento salarial acordado.

El Convenio Colectivo de Incremento Salarial deberá ser presentado como máximo hasta el 30 de junio de 2023, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social con los requisitos impuestos por la presente Resolución Ministerial.

  • Incremento Salarial superior al tres por ciento (3%) para la Gestión 2023

Las empresas del sector privado podrán aplicar un porcentaje mayor del Incremento Salarial establecido por el Gobierno Nacional para sus trabajadores; sin embargo, bajo ninguna circunstancia, éste no podrá ser inferior al tres por ciento (3%) determinado.

  • Determinación de Salario Mínimo Nacional para la Gestión 2023

El Salario Mínimo Nacional de la gestión 2023, asciende a los Bs. 2.,362,00 (Dos mil trescientos sesenta y dos 00/100 bolivianos); por lo tanto, ningún trabajador podrá percibir un monto menor por la ejecución de actividades laborales continuas de acuerdo con la jornada laboral establecida por la Ley General del Trabajo.

 

El incumplimiento de las medidas establecidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, las cuales se encuentran detalladas precedentemente, pueden provocar la aplicación de sanciones y/o multas económicas.