Según Gianni Gutiérrez, integrante del área de Impuestos de FERRERE Abogados, la ley del ICIR Nº 18.876 le quita a los Gobiernos Departamentales la libertad para decidir sobre el destino de los fondos y por tanto lesiona las autonomías municipales, violando así lo fijado en el art. 297 de la Constitución.

La Suprema Corte de Justicia recibió el primer recurso de inconstitucionalidad contra el ICIR, que fue presentado por una empresa forestal, y Gutiérrez estima que si la Suprema Corte de Justicia declara que el impuesto es inconstitucional habrá "una lluvia de acciones de inconstitucionalidad contra el impuesto".

"En estos caso es de esperar que se derogue la ley por parte del Parlamento ya que de lo contrario ser verificaría una situación de desigualdad ya que los contribuyentes que no impugnaron deberán seguir pagando el impuesto", opinó el experto tributario.

Lea la noticia completa en la publicación de origen.