El Decreto N° 6939 deroga el Decreto N° 3456/2020 “por el cual se declara estado de emergencia sanitaria en todo el Territorio Nacional por el COVID-19”, y el Decreto N° 3442/2020 “por el cual se dispone la implementación de acciones preventivas ante el riesgo de expansión del COVID-19 al Territorio Nacional”.

De esa manera, deja sin efecto el uso obligatorio de tapabocas. Sin embargo, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, dicto una serie de recomendaciones del uso de tapaboca de manera preventiva y en situaciones específicas:

Uso imprescindible:

  • Personas con síntomas respiratorios.
  • Servicios de Salud.
  • Hogares de adultos mayores.

Uso recomendado:

  • Transporte público.
  • Espacios cerrados con aglomeración.
  • Lavado de manos.
  • Ventilación

 

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