El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial de Comercio (OMC) incluye la obligación de que las autoridades establezcan medios de pago electrónico. 

Mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2019-0090-RE de fecha 4 de octubre de 2019, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador emitió el manual para el cobro de obligaciones aduaneras pecuniarias a través del uso de tarjetas de crédito y/o débito. 

Entre las disposiciones, se señala que los pagos corrientes aplican para tarjetas de crédito Visa y Mastercard (Visa Electrón y Maestro en caso de ser tarjetas de débito). Por su parte, los pagos diferidos aplican según el siguiente detalle:

 

Tarjetas del operador Pago Diferido
Pacificard Desde 3 hasta 48 meses con intereses
Banco de Guayaquil Desde 2 hasta 36 meses con intereses
Diners Club Desde 3 hasta 12 meses con intereses

No aplica cobro de comisión por el servicio de pago con tarjeta de crédito y/o débito.

Fuente: Registro Oficial Edición Especial No. 111 de fecha 22 de octubre de 2019.