El Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la Organización Mundial de Comercio (OMC) incluye la obligación de que las autoridades establezcan medios de pago electrónico.
Mediante Resolución Nro. SENAE-SENAE-2019-0090-RE de fecha 4 de octubre de 2019, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador emitió el manual para el cobro de obligaciones aduaneras pecuniarias a través del uso de tarjetas de crédito y/o débito.
Entre las disposiciones, se señala que los pagos corrientes aplican para tarjetas de crédito Visa y Mastercard (Visa Electrón y Maestro en caso de ser tarjetas de débito). Por su parte, los pagos diferidos aplican según el siguiente detalle:
Tarjetas del operador | Pago Diferido |
Pacificard | Desde 3 hasta 48 meses con intereses |
Banco de Guayaquil | Desde 2 hasta 36 meses con intereses |
Diners Club | Desde 3 hasta 12 meses con intereses |
No aplica cobro de comisión por el servicio de pago con tarjeta de crédito y/o débito.
Fuente: Registro Oficial Edición Especial No. 111 de fecha 22 de octubre de 2019.
- Paola Gachet: pgachet@ferrere.com
- Víctor Murillo: vmurillo@ferrere.com
- Misael Ruiz: meruiz@ferrere.com
- Doris Encalada: dencalada@ferrere.com