En el Registro Oficial No. 176 (martes 6 de febrero de 2018) se publicó la Resolución No. 426-2017-F, que modifica los porcentajes correspondientes a categorías de provisiones para entidades financieras controladas por Superintendencia de Bancos. En función de ello, la constitución de provisiones deberá ser hecha de acuerdo a la siguiente tabla:

CATEGORIAS PORCENTAJE DE PROVISION (Mínimo Máximo)

CATEGORÍA

A1

A2

A3

B1

B2

C1

C2

D

E

%

1.00%

2.00%

3% a 5.00%

6% a 9.00%

10% a 19.00%

20% a 39.00%

40% a 59.00%

60% a 99.00%

100%

Entre otros puntos relevantes de la normativa expedida se puede destacar que:

  • Las operaciones concedidas antes de la aplicación de esta norma deberán ajustarse a los nuevos parámetros de provisiones hasta el 31 de diciembre de 2018.
  • Las provisiones facultativas constituidas en los años 2015 y 2016 que no hayan sido utilizadas para cubrir el ajuste correspondiente al cambio de porcentajes antes citado deberán ser reversadas hasta el 31 de diciembre de 2018.
  • Previa justificación debidamente acreditada, la Superintendencia de Bancos podrá conceder a las entidades financieras públicas y privadas una extensión respecto al cronograma de aplicación de las nuevas provisiones, sin poder extenderse más allá del 31 de diciembre de 2019.
  • Par a efectos de la vigencia de esta norma, se deberá tomar como fecha de inicio el 28 de diciembre de 2017.