En el Registro Oficial No. 176 (martes 6 de febrero de 2018) se publicó la Resolución No. 426-2017-F, que modifica los porcentajes correspondientes a categorías de provisiones para entidades financieras controladas por Superintendencia de Bancos. En función de ello, la constitución de provisiones deberá ser hecha de acuerdo a la siguiente tabla:
CATEGORIAS PORCENTAJE DE PROVISION (Mínimo Máximo) | |||||||||
CATEGORÍA | A1 | A2 | A3 | B1 | B2 | C1 | C2 | D | E |
% | 1.00% | 2.00% | 3% a 5.00% | 6% a 9.00% | 10% a 19.00% | 20% a 39.00% | 40% a 59.00% | 60% a 99.00% | 100% |
Entre otros puntos relevantes de la normativa expedida se puede destacar que:
- Las operaciones concedidas antes de la aplicación de esta norma deberán ajustarse a los nuevos parámetros de provisiones hasta el 31 de diciembre de 2018.
- Las provisiones facultativas constituidas en los años 2015 y 2016 que no hayan sido utilizadas para cubrir el ajuste correspondiente al cambio de porcentajes antes citado deberán ser reversadas hasta el 31 de diciembre de 2018.
- Previa justificación debidamente acreditada, la Superintendencia de Bancos podrá conceder a las entidades financieras públicas y privadas una extensión respecto al cronograma de aplicación de las nuevas provisiones, sin poder extenderse más allá del 31 de diciembre de 2019.
- Par a efectos de la vigencia de esta norma, se deberá tomar como fecha de inicio el 28 de diciembre de 2017.