A través de este Decreto Supremo, el Estado ratificó el tratamiento tributario de las ganancias de capital que había sido modificado por la Ley No. 1356 de 28 de diciembre de 2020.

En consecuencia, los Agentes de Bolsa deberán actuar como agentes de retención del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) o del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas – Beneficiarios del Exterior (IUE-BE) de las rentas derivadas de la compraventa de valores a través de los mecanismos establecidos por las bolsas de valores.