A través del link https://www.gub.uy/tramites/consultas-senaclaft las personas físicas y/o jurídicas y/o las agremiaciones que los nucleen, que sean Sujetos Obligados por ley a cooperar en la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, pueden efectuar una consulta ante la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (SENACLAFT), sobre la aplicación e interpretación de la normativa vigente y aplicable en la materia. La realización de esta consulta no tiene costo.

La respuesta a la consulta planteada deberá considerarse como una guía de actuación que emite SENACLAFT para facilitar el cumplimiento de la normativa, será aplicable al caso concreto y no tendrá efecto vinculante, siendo una respuesta técnica a una situación de hecho planteada.

Quien consulte deberá indicar su nombre y número de documento de identidad o razón social y número de registro único tributario, teléfono y email de contacto, e identificar en qué categoría de Sujeto Obligado se encuentra. La consulta debe versar sobre un hecho real y concreto, que se presente en el ámbito de su competencia o la de sus asociados. El consultante deberá exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación que motiva la consulta, así como deberá adelantar opinión fundada al respecto, citando la normativa aplicable. SENACLAFT procederá al archivo de las consultas que no cumplan con los requisitos antes mencionados.

Denuncias ante SENACLAFT

A través del link https://www.gub.uy/tramites/denuncias-senaclaft se habilita la recepción de denuncias ante SENACLAFT, relativas al incumplimiento por parte de los Sujetos Obligados del sector no financiero, a la normativa vigente en materia de prevención contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. La realización de esta denuncia no tiene costo.

El denunciante deberá indicar su nombre y número de documento de identidad o razón social y número de registro único tributario, teléfono y email de contacto, así como el nombre y demás datos identificatorios del/los Sujeto/s Obligado/s denunciado/s. Se deberá detallar en forma clara y precisa las circunstancias que llevaron a la denuncia, la que será firmada por el denunciante. En caso de adjuntar documentación, la misma deberá estar foliada y presentarse en forma legible, debiendo constar en el documento de denuncia la cantidad de folios adjuntos.

SENACLAFT dará prioridad a aquellas denuncias que cuenten con la mayor cantidad de datos identificatorios y elementos probatorios sobre los hechos denunciados. Se procederá al archivo de aquellas denuncias que sean infundadas, que no refieran a incumplimientos normativos en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, o que sean presentadas contra sujetos no supervisados por  SENACLAFT.