El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social ha ratificado las medidas aplicadas previamente por el Decreto Supremo No. 4570 de 18 de agosto de 2021, respecto de las medidas de aplicación e implementación del teletrabajo laboral, siendo que éstas deben ser respetadas por los empleadores, sin que las condiciones laborales se vean afectadas.