Artículo de María del Pilar González y Lucía Seguí.


Existen muchos mecanismos para controlar la salida del país de menores de edad. Cada vez son más y más duros, como consecuencia del riesgo que puede traer un eventual secuestro por parte de uno de los padres en perjuicio del otro. Las medidas de seguridad se endurecen y los distintos organismos adoptan requisitos minuciosos en cuestiones relativas a los menores de edad.

Recientemente, en un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo—en el cual puede evidenciarse lo anterior—se resolvió que la Dirección Nacional de Migraciones había negado correctamente la salida al exterior de la exesposa del jugador de fútbol uruguayo Edinson Cavani, que pretendía viajar desde Uruguay a Italia junto a su hijo recién nacido pues, si bien contaba con pasaporte italiano, no tenía permiso de menor otorgado por su padre.

El fallo establece que, conforme al Código de la Niñez y Adolescencia, los menores de nacionalidad uruguaya o extranjera con domicilio o residencia habitual en Uruguay que viajen fuera del país sin la compañía de sus padres o tutores necesitan el consentimiento de ambos mediante un permiso que expresamente los habilite a viajar.

En el caso de la familia de Cavani, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo evaluó como decisivo el domicilio del niño, independientemente del hecho que tenía doble nacionalidad (uruguaya e italiana). La madre argumentó que el domicilio de los padres y, por lo tanto, del menor era en Italia por lo que no era necesario el permiso mencionado. Sin embargo, el Tribunal consideró que el domicilio de los padres y del niño era en Uruguay, en la medida que ese fue el domicilio que se declaró al inscribir el nacimiento de su hijo en el Registro de Estado Civil.

Documentación necesaria para los viajes de menores al exterior

La Dirección Nacional de Migraciones es el organismo que controla la presentación en forma de los documentos exigidos para el viaje de un menor. Los requerimientos dependerán de la situación particular del niño, pero las situaciones más habituales—fuera de la analizada por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en la sentencia referida—son las siguientes:

Cuando el menor de edad posee pasaporte uruguayo, sea que viaje con ambos padres, con uno solo de ellos o solo (con ninguno de los dos), será suficiente la presentación del pasaporte.

En caso que viaje con ambos padres y no posea pasaporte uruguayo, deberá presentar cédula de identidad uruguaya y el testimonio de partida de nacimiento.

Como en el caso judicial comentado, cuando el menor viaja con uno solo de los padres y no posee pasaporte uruguayo, deberá llevar cédula de identidad uruguaya y permiso de menor por el otro padre tramitado en la Dirección Nacional de Migración.

Cuando el menor viaja solo y no posee pasaporte uruguayo, deberá llevar cédula de identidad uruguaya y permiso de menor por ambos padres tramitado en la Dirección Nacional de Migración.

En caso que el menor viaje acompañado de uno de los padres y el otro fuera fallecido, en el control de salida será necesario presentar partida de nacimiento del menor y partida de defunción del padre fallecido.

La obtención del permiso del menor

En relación con la tramitación de dichas autorizaciones, la Dirección Nacional de Migraciones tiene diversas exigencias dependiendo, de nuevo, de cuál sea la situación del menor. Cuando el menor de edad viaja con ambos padres, para obtener el permiso de menor deberá presentar cédula de identidad uruguaya y testimonio de su partida de nacimiento.

Cuando el menor viaja acompañado de uno de los padres, se exigirá la comparecencia del otro padre a efectos que autorice el viaje. En este caso, para tramitar el permiso de menor por el otro padre también se deberá presentar la partida de nacimiento del menor con una vigencia no mayor a treinta días y las cédulas de identidad del menor y sus padres.

En caso que el permiso del menor se tramite para un viaje del niño o adolescente sin sus padres (por ejemplo, si va a viajar con su centro de estudios, con familiares o amigos), se exige la comparecencia de ambos padres en Migraciones para gestionar el permiso. En esa instancia, deberán presentar la partida de nacimiento del menor—que deberá tener una vigencia no mayor a treinta días—así como las cédulas de identidad del menor y sus padres.

Por su parte, si el menor viaja solo y uno de los padres falleció, para tramitar el permiso de menor por parte del padre que autoriza el viaje se requerirá la comparecencia de ese padre, la partida de nacimiento del menor y la partida de defunción del padre o madre fallecido.

En caso que hayan fallecido ambos padres y el menor no esté sometido a régimen de tutela (en cuyo caso, el tutor deberá tramitar el permiso de menor como si fuera el padre), se exigirá la presentación de la cédula de identidad del menor y una autorización expresa expedida por el juez competente.

En cualquier caso, es posible la comparecencia de un tercero en calidad de apoderado para tramitar el permiso necesario.

A esos efectos, debe otorgarse un poder especifico que contemple las facultades expresas que lo habiliten a expedir el permiso de menor. Este poder puede ser tramitado por uno o ambos padres a favor del otro o de un tercero. El apoderado deberá presentar, además de la partida de nacimiento y documento del menor, su cédula de identidad y el certificado de vigencia del poder.

El permiso de viaje tiene una vigencia máxima de un año y podrán incluirse tantos viajes como lo deseen los padres. El costo del mismo es de 55,70 unidades indexadas por viaje, al día de hoy aproximadamente $ 203.