Desde el pasado mes de abril rige en Bolivia el nuevo “Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas de Uso Agrícola”, aprobado mediante Resolución Administrativa emitida por el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) No. 041/2018 de 10 de abril de 2018, la misma que se ha basado principalmente en lo establecido en la Decisión 804 de la Comunidad Andina de las Naciones- CAN, complementada por el Manual Técnico Andino para el registro y Control de las Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola.

El coordinador de Sanidad Vegetal del SENASAG, a tiempo de dar a conocer la emisión de esta nueva normativa, indicó que la misma ha sido trabajada desde hace dos años atrás, en consenso con técnicos, empresas importadoras de insumos y productores agrícolas, para contar con una norma aplicable a las condiciones de producción en Bolivia.

En Bolivia, si bien se han venido emitiendo una serie de resoluciones administrativas por parte de SENASAG desde el año 2005, este nuevo “Reglamento para el Registro y Control de Plaguicidas de Uso Agrícola” establece la incorporación de varios puntos importantes para la importación, comercialización y protección de la sociedad en general, entre ellos:

  1. Involucra al Ministerio de Salud y al Ministerio de Medio Ambiente y Agua. El registro de los plaguicidas deberá pasar por tres instancias: la evaluación agronómica que realizará el SENASAG, la evaluación toxicológica llevada adelante por el Ministerio de Salud y la evaluación eco toxicológica que realizará el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, es así que se incorpora la evaluación de estas tres instancias del Estado sobre el ingreso de plaguicidas al país.
  2. Cualquier profesional independiente que cuente con un título de ingeniero agrónomo puede registrarse ante el SENASAG para ser operador agrícola, cumpliendo ciertos requisitos. 
  3. Cualquier comercializador, importador o comprador de insumos agrícolas estará obligado a contratar personas idóneas como asesores, garantizando así que el expendio de plaguicidas sea lo más seguro para quienes usan dichos productos.
  4. Contempla recetas agronómicas, las mismas que establecen la restricción para productos de categoría toxicológica 1B.

A partir de la aplicación de esta nueva normativa, el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras a través del SENASAG, conjuntamente el Ministerio de Medio Ambiente y Agua y el Ministerio de Salud, ha publicado en los últimos días una lista de los plaguicidas prohibidos y restringidos en Bolivia, de modo que los productores y público en general esté informado sobre qué plaguicidas tienen características altamente peligrosas y no deben ser utilizados para la producción.