El 26 de junio de 2026, el Gobierno Nacional y el Banco Central de Bolivia (BCB) aprobaron un nuevo marco regulatorio que modifica el régimen cambiario vigente durante los últimos años. Mediante la Resolución Ministerial N.º 245/2026 y la Resolución de Directorio N.º 88/2026 del BCB, el país transita hacia un régimen de tipo de cambio flexible, en el que el valor oficial del dólar dejará de ser administrado de forma fija y pasará a determinarse con base en las operaciones realizadas en el mercado financiero.

La adopción de un tipo de cambio flexible constituye una de las modificaciones más relevantes del régimen económico boliviano de las últimas décadas y tendrá efectos que trascienden el ámbito financiero.

Las principales características del nuevo régimen cambiario flexible son las siguientes:

  • Nuevo régimen cambiario. Se sustituye el esquema de tipo de cambio oficial fijo por un régimen de mayor flexibilidad, en el que el tipo de cambio oficial reflejará las condiciones de oferta y demanda del mercado.
  • Determinación diaria del tipo de cambio oficial. El Banco Central calculará diariamente el Tipo de Cambio Oficial (TCO) en base al promedio ponderado de las operaciones de compra de dólares realizadas por las entidades financieras con sus clientes.
  • Publicación diaria. El TCO será publicado cada día hábil y regirá para la jornada siguiente.
  • Límite para operaciones de venta por entidades financieras. Se establece un valor referencial máximo para la venta de divisas por parte de las entidades financieras que será de máximo 10 centavos adicionales al TCO.

Para las empresas, el nuevo esquema puede generar impactos significativos en diversas áreas, entre ellas:

  • ejecución y negociación de contratos pactados en moneda extranjera;
  • valorización de activos y pasivos denominados en moneda extranjera;
  • reconocimiento de diferencias de cambio en la información financiera;
  • tratamiento tributario de las diferencias de cambio que puedan generarse entre la fecha de emisión de la factura y la fecha efectiva de cobro o pago de las operaciones;
  • aumento en tributos aduaneros por importación;
  • determinación de resultados contables;
  • cumplimiento de obligaciones tributarias;
  • gestión financiera, de liquidez y cobertura de riesgos cambiarios.

Los sectores con mayor exposición a operaciones en dólares como exportadores, importadores, entidades financieras, empresas con financiamiento externo y compañías con contratos internacionales deberán evaluar oportunamente las implicancias del nuevo régimen sobre sus operaciones.