El Banco Central del Uruguay emitió recientemente una nueva Comunicación (2017/151) por la cual impone nuevos requerimientos de información periódica para los asesores de inversión.

Esta nueva regulación impone la obligación de presentar en forma anual información muy detallada con respecto a las actividades de canalización y asesoramiento que desarrollan los asesores de inversión, incluyendo entre otras la siguiente información:

* Volumen de las órdenes canalizadas en el ejercicio económico anterior, discriminando según los siguientes factores:

(i) Tipo de productos;

(ii) Tipo de cliente (residente/no residente, PEP/no PEP, fondos de terceros/fondos propios, personas físicas/personas jurídicas);

(iii) Zona geográfica;

(iv) Canales de distribución.

* Volumen de comisiones recibidas en el ejercicio económico anterior, discriminando de igual que lo indicado en el párrafo anterior.

* Información operativa del Asesor. Entre otros:

(i) Realiza o no referenciamiento de clientes;

(ii) Canaliza órdenes de clientes realizando la registración previa de dihcas órdenes;

(iii) Cuenta o no con poder de libre administración;

(iv) Indicación de otros servicios provistos;

(v) Indicación de si el Asesor cuenta con acuerdos de referenciamiento con instituciones locales o del exterior y proporcionar copia de dichos acuerdos;

(vi) Información sobre tercerizaciones;

(vii) Información sobre cómo y dónde se realiza el resguardo de datos;

(viii) Información sobre los registros de órdenes y de clientes;

(ix) Información sobre ingresos por comisiones y otros;

(x) Cantidad de Clientes;

(xi) Tipo de instrumentos sobre los que asesora;

(xii) Cantidad de personas empleadas y procesos judiciales iniciados por clientes

* Se requiere también que el asesor verifique su información incorporada al Registro de Mercado de Valores y actualice la misma en caso de ser necesario.

La primera información a presentar será la correspondiente al año 2016, la cual deberá presentarse antes del 30 de setiembre de 2017.