En un artículo sobre los conflictos en este sector, el especialista en Derecho Laboral de FERRERE Abogados, Nelson Larrañaga, indicó que "la Constitución establece que los servicios públicos no pueden detenerse a pesar de una huelga. Esta norma obliga al gobierno a garantizar la prestación de servicios mínimos. A su vez, la ley dispone con carácter general que la huelga debe preavisarse con 7 días, bajo pena de ser ilícita. La comunicación debe hacerse al Ministerio de Trabajo. En la práctica, nadie cumple esta norma y las huelgas se efectivizan sin que sean declaradas ilícitas".

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