A partir del lunes, comenzaron los vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Informativa del Impuesto a los Dividendos y Utilidades (DJI-IDU), según terminación del RUC, conforme a la normativa vigente (Decreto Nro. 3110/19 y Resolución General Nro. 70/20):
Para poder presentar la DJI-IDU, es necesario adjuntar los siguientes documentos:
- Acta o documento de aprobación del ejercicio fiscal cerrado al 31/12/2024, incluyendo consideraciones sobre el resultado del ejercicio;
- Comunicación de la asamblea ordinaria ante la Dirección General de Personas y Estructuras Jurídicas y Beneficiarios Finales (DGPEJBF), si corresponde de acuerdo con el tipo societario; y
- Constancias de actualización de datos ante los Registros Administrativos de Personas Jurídicas y Beneficiarios Finales.
¿Qué consecuencias puede generar el incumplimiento?
En caso de no realizar la presentación de la DJI-IDU en el plazo correspondiente, la empresa será pasible de una multa de PYG 100.000 (aprox. USD 13), y no podrá generar el Certificado de Cumplimiento Tributario ni solicitar nuevo timbrado hasta regularizar la presentación.
¿Aún no contás con alguno de estos requisitos?
Si la sociedad anónima aún no ha aprobado el ejercicio fiscal, hay alternativas viables para cumplir con esta obligación. En FERRERE, nuestro equipo está a su disposición para brindar asesoramiento especializado en materia societaria y tributaria. Contáctenos para asegurar el cumplimiento normativo y optimizar la gestión de sus obligaciones societarias anuales.