Entrevistado por el diario El País junto al Ec. Gabriel Oddone, Alberto Varela, socio de FERRERE Abogados, advierte que "todos los tratados de este tipo prevén la prohibición de lo que se denomina `expediciones de pesca`, esto es: pedir información al barrer, para después seleccionar aquella que pueda resultar relevante para el fisco. Eso está prohibido. Lo que debe hacer Uruguay es atender requerimiento sobre contribuyentes concretos, sobre quien puedan existir sospechas fundadas de que no declaró en su país los bienes que posee en Uruguay o las rentas que generó".

En un rápido punteo de temas que deben ser negociados, Varela expuso cuatro:

1. Tratar de prohibir que funcionarios extranjeros desarrollen actividades de fiscalización en Uruguay.

2. Hay que definir que la información -no cualquier información, sino la información necesaria- se dará después de que el país requirente agotó los medios para obtenerla; un principio que Suiza incluye en sus acuerdos.

3. Tratar que la información que se requiere, refiera a impuestos que venzan después de la firma del tratado.

4. Cuando se firma un tratado bajo el modelo de la OCDE, en el protocolo anexo hay que dejar expresa constancia de aquellas interpretaciones con las cuales el país no está de acuerdo.

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