Con fecha 21 de junio de 2019 se creó un régimen especial para las exportaciones definitivas de pequeñas o micro empresas.

En este sentido, la Ley 19765 establece se permite la exportación definitiva, exenta del pago de todo tributo, siempre que el valor de factura de la mercadería de exportación no exceda de US$ 2.000 (dos mil dólares de los Estados Unidos de América) y siempre que el exportador sea una micro o pequeña empresa.

Son micro empresas aquellas que posean de 1 a 4 empleados, con un tope de ventas anuales (sin IVA) de U$S 60.000 y un máximo de activos de hasta U$S 20.000.

Son pequeñas empresas aquellas que posean de 5 a 19 empleados, con un tope de ventas anuales (sin IVA) de U$S 180.000 y un máximo de activos de hasta U$S 50.000.

Asimismo se establece que la Dirección Nacional de Aduanas reglamentará un procedimiento de despacho aduanero simplificado para este régimen.

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