La Ley 19.689, de 29 de octubre de 2018, modifica la actual legislación en materia de empleo juvenil, faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un subsidio temporal a los empleadores que contraten nuevos trabajadores, y reduce el porcentaje de aporte al Fondo de Reconversión Laboral. Entrará en vigencia del 1º de enero de 2019.

En cuanto al empleo de jóvenes, se introducen cambios en lo que respecta a los plazos de contratación de las distintas modalidades, se reduce el período de prueba, se cambian los requisitos de la práctica formativa en empresas, y se establecen subsidios especiales a las empresas que contraten jóvenes. También se prevén subsidios para las empresas que otorguen licencia por estudio adicionales a los previstos en la Ley.

Respecto de la promoción del empleo, se faculta al gobierno a otorgar un subsidio temporal para los empleadores privados que incorporen nuevos trabajadores a su plantilla. Este subsidio tiene tope, dura 18 meses y está sujeto a otras condiciones.

La ley establece que a partir del 1º de enero de 2019 la tasa de aporte al Fondo de Reconversión Laboral para empleadores, trabajadores y Estado será de un 0,10% (cero con diez por ciento). Esta reducción del aporte patronal al fondo que es de un 0,025% respecto del porcentaje vigente, no beneficiará al empleador porque lo seguirá aportando con destino a financiar el Fondo de Insolvencia Patronal, que se crea mediante otra ley.