MODIFICACIONES AL DECRETO N° 127/014
 


El pasado 11 de abril de 2019, se reunieron en el ámbito tripartito, los delegados del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CONASSAT), con los representantes del PIT-CNT y Cámaras Empresariales, a los efectos de analizar la entrada en vigencia del Decreto N° 127/014, que establece la implementación de los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo.
 
Este acuerdo tripartito fue recogido en un Decreto del Poder Ejecutivo, que será publicado en los próximos días. 
 
El nuevo Decreto establece el siguiente cronograma de entrada en vigencia de la obligación de implementar los Servicios de Prevención de Salud, que depende de la cantidad de empleados que tenga la empresa:

Cantidad de empleados Entrada en vigencia
Más de 300

Desde la entrada en vigencia del nuevo decreto.

Entre 50 y 300 Se establecerá progresivamente, conforme la rama y sector de actividad, en un plazo de 18 meses desde la entrada en vigencia del nuevo Decreto.
Entre 5 y 50 A partir de los 18 meses de la entrada en vigencia del nuevo Decreto.

 

En todos los casos, las empresas tendrán un plazo de 180 días para implementar los Servicios de Prevención y Salud en el Trabajo, a partir de la entrada en vigencia de la obligación.
 
Asimismo, el nuevo Decreto introduce las siguientes modificaciones: 
  • Los Servicios de Prevención y Salud en el trabajo para las empresas con más de 300 empleados podrán ser externos.
  • Se amplía los sujetos que pueden prestar servicios de Prevención y Salud en el trabajo. En este sentido, también podrán integrar estos Servicios: Tecnólogos Prevencionista, Licenciados en Seguridad y Salud Laboral, e Ingenieros Tecnólogos Prevencionista.