La Ley 19.691, del 29 de octubre de 2018, establece la obligación de las empresas privadas de contratar empleados con discapacidad. Resta su publicación en el Diario Oficial. Luego de 10 días de producida la misma, entrará en vigencia. Está previsto el dictado de un decreto en el plazo de 90 días.

La ley comprende a las empresas con 25 o más trabajadores permanentes. La cantidad de personas con discapacidad a contratar se determina en función de un porcentaje sobre la cantidad de empleados permanentes que tiene la empresa. Este porcentaje va aumentando cada año de vigencia de la ley, hasta llegar al porcentaje máximo del 4% del total de empleados permanentes de la empresa.

Esta obligación se genera para la empresa toda vez que tenga que ingresar nuevo personal a partir de la vigencia de la ley. Esta obligación rige siempre que la persona con discapacidad inscripta en el Registro de Discapacitados reúna las condiciones y la idoneidad para el cargo. La ley establece algunos beneficios para el personal con discapacidad (licencia especial, protección contra el despido) e incentivos para las empresas.