Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros de Ecuador dispone reanudar términos y plazos a partir del 2 de julio de 2020:

Resolución y fecha de reanudación:
Mediante Resolución No. SCVS-INPAI-2020-00003735 suscrita el 29 de junio del 2020, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros ha resuelto que vuelvan a discurrir a partir del 02 de julio de 2020

Procesos afectados por reanudación.
Es aplicable a plazos y términos de todos los “procesos administrativos, coactivos, tributarios, de prescripción de la acción de cobro y en general de todo proceso cuya sustanciación fuere inherente a las competencias de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que se encontraban suspendidos” en razón de la Resolución SCVS-INPAI-2020-00002712 (de 16 de marzo de 2020) y sus sucesivas prórrogas. 

Cómputo aplicable para reanudación:
A partir del 2 de julio de 2020 se continuará con el cómputo de los plazos y términos desde el día en que se encontraban al momento de la primera suspensión, vigente desde el 16 de marzo de 2020.