El 2 de marzo de 2022 la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (SEPRELAD) emitió las Resoluciones 74/2021 y 75/2021, a través de las cuales modifican el Artículo 27 de la Resolución 70/19 y el Artículo 33 de la Resolución 248/20. Las resoluciones modificadas contienen los Reglamentos de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, basados en un sistema de administración y gestión de riesgos, dirigidos a bancos y financieras, y a las casas de cambios, respectivamente. En ambos casos, las modificaciones implementadas establecen un régimen simplificado de debida diligencia en el conocimiento de clientes, permitiendo a los sujetos obligados la abreviación de ciertos requisitos de información aplicable a la etapa de identificación de clientes, cuando el nivel de riesgo así lo permita.

Para más información, el texto completo de ambas resoluciones puede ser accedido aquí