• Decreto N° 7.402/2022

 

 

El 11 de julio de 2022, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N° 7.402 (el “Decreto”), por medio del cual modificó el Decreto N° 4.644/2022 y dispuso nuevas condiciones para calificar a un territorio como de baja o nula tributación (“BONT”).

 

Las nuevas condiciones para que un territorio califique como BONT son: 

(i)  Que la imposición las rentas provenientes de actividades desarrolladas, bienes situados o derechos utilizados económicamente en el país o jurisdicción esté sujeta a una tributación o tasa efectiva del impuesto a la renta inferior a la tasa de impuesto a la renta que aplicaría en Paraguay en operaciones análogas; y, 

(ii) Que no se encuentre vigente un convenio bilateral o multilateral que permita el efectivo intercambio de información entre Paraguay y la jurisdicción analizada. 

Además, el Decreto faculta a la Administración Tributaria a elaborar una lista de países o jurisdicciones que considera como BONT. Para la confección de esta lista, la Administración Tributaria puede tomar como referencia los listados de paraísos fiscales o de países no cooperantes elaborados por organismos internacionales reconocidos. Esta lista será publicada por la Administración Tributaria en su página web.