Por medio de la RG 117, del 29 de julio de 2022, la SET amplió la lista de sujetos obligados al registro de comprobantes. Esta ampliación afectó a los organismos de la administración central, entidades descentralizadas, empresas públicas y de economía mixta, y demás entidades el sector público, incluidas las Gobernaciones, Binacionales y Municipalidades que no se encuentren obligadas al pago del IVA.
Las entidades mencionadas deben de registrar en forma individualizada cada comprobante recibido desde el periodo fiscal de enero 2022. La confirmación de la presentación se debe realizar al mes siguiente del periodo fiscal informado
Excepcionalmente quedó establecido que hasta el 30 de septiembre de 2022 no constituye incumplimiento de deberes formales la falta de confirmación del talón de presentación por parte del contribuyente obligado al registro mensual de comprobantes, según lo dispuesto en la siguiente tabla:
Sujetos obligado | Períodos fiscales |
Grupo 1 (Resolución General N° 104/2021) | Abril/2022 Mayo/2022 Junio/2022 Julio/2022 Agosto/2022 |
Grupo 2 (Resolución General N° 104/2021) | Enero/2022 |
Sujetos obligados por la aplicación establecida en la RG 117 |