El Servicio de rentas Internas emitió el siguiente procedimiento para la presentación de anexos tributarios mediante su plataforma tecnológica: 

  1. Los anexos con extensión de hasta 1 megabyte (1MB) se seguirán presentando a través de los servicios en línea del SRI. 
  2. Los anexos con extensión de entre 1 MB y 10MB se presentarán mediante el envío a las cuentas de correo electrónico que el SRI habilite y comunique para el efecto. 
  3. Los anexos con extensión mayor a 10 MB se presentarán a través del Protocolo de Transferencia de Archivo (FTP por sus siglas en inglés), protegido por contraseña. 
  4. Para el caso específico del Anexo “CRS”, su presentación se realizará conforme lo dispuesto en la normativa tributaria que regula su entrega, sin ninguna modificación. 

Presentación de anexos mediante correo electrónico 

Se presentará una petición suscrita de manera electrónica por el representante legal u otra persona autorizada, en el formato a definir por el SRI, al cual se deberá adjuntar: 

  • Digitalización del documento de identificación del sujeto pasivo o de su representante legal o persona autorizada para la entrega. 
  • Digitalización del documento habilitante de quien presenta la solicitud (nombramiento, poder, etc.). 
  • Carta de autorización generada a través de sri.gob.ec, si la entrega no la realiza el representante legal.
  • Anexo tributario en archivo XML, comprimido en una carpeta ZIP, a razón de un anexo por carpeta, rotulado según especificaciones del SRI. 

    Los anexos deberán ser enviados en horario de oficina, caso contrario serán procesados al siguiente día hábil.  

    Los anexos que no estén completos se considerarán como no presentados de no subsanarse este hecho, mientras que los anexos que sean cargados con éxito generarán un mensaje que será enviado por correo electrónico.

    Presentación de anexos mediante FTP 

    El SRI asignará de oficio una carpeta FTP a cada contribuyente, la contraseña correspondiente se remitirá al correo electrónico registrado en la sección de servicios en línea. 

    Una vez cargado el anexo en el formato correspondiente y rotulado con las especificaciones dispuestas por el SRI, se deberá ingresar una petición bajo el mismo procedimiento previsto para las entregas mediante correo electrónico. 

    El cambio de clave de la carpeta FTP o su petición en caso de no haber sido proporcionada por el SRI, se efectuará a través de una petición formal suscrita de manera electrónica. 

    Ampliación de plazo para la presentación del “Anexo MID” y “Anexo ROTEF” 

    Los sujetos obligados a presentar el anexo MID en marzo de 2020 (si el archivo fuese mayor a 1MB) y abril y mayo de 2020, así como aquellos obligados a presentar el anexo “ROTEF” en mayo de 2020, si el archivo fuese mayor a 1MB, presentarán dichos anexos entre el 1 y 5 de junio de 2020, según su noveno dígito del RUC. 

    Fuente: Resolución del SRI No. NAC-DGERCGC20-00000036 de 27 de mayo de 2020.

 

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